Anna Ginès i Fabrellas, María Luz Rodríguez Fernández y María Emilia Casas.
España es el país de la Unión Europea con mayor porcentaje de personas que han prestado o prestan un servicio y obtienen una renta adicional de las plataformas digitales. Así ha salido a la luz en el debate online que ha organizado la Fundación Ramón Areces para analizar ‘La regulación jurídica del trabajo en las plataformas digitales’. “El 18% de la población trabajadora española ha realizado o realiza alguna actividad a través de plataformas digitales, ya sea de reparto a domicilio, conduciendo vehículos o a través de otras tareas menos visibles como el análisis de datos, el diseño de software o de webs… Se están convirtiendo en un complemento al trabajo convencional para llegar a fin de mes. También estas plataformas se están posicionando como alternativa en aquellas zonas donde no existe el trabajo convencional”. De esta manera lo ha expresado María Luz Rodríguez Fernández, profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Castilla-La Mancha. A juicio de esta experta, “las plataformas digitales no se presentan como empresas tradicionales ni con una plantilla de trabajadores”. “Piden que no se les apliquen las normas estatales en vigor para el resto de empresas porque se consideran algo radicalmente distinto y nuevo. Ponen en cuestión los derechos laborales y de protección social que todos conocemos. Simplemente dicen que esas normas no son de su aplicación”, ha continuado Rodríguez Fernández.
Ha destacado también que en este caso puede hablarse de dos perfiles de trabajadores distintos: quienes trabajan para las plataformas de reparto y de conducción (Globo, Deliveroo, Uber, Cabify…) y aquellos otros profesionales, con cualificación media o superior, que dedican parte de su tiempo a diseñar software, webs… “Somos el único país del mundo en el que hemos llegado a un acuerdo en estas circunstancias, impulsados por la inspección de trabajo primero y por la judicatura después, sobre la consideración de estos trabajadores. Vamos a tener una regulación del trabajo en plataformas digitales fruto del diálogo social entre Gobierno, empresarios y sindicatos, y ese es el aspecto más positivo. Será un acuerdo limitado por ocuparse solo de las plataformas de reparto y de transporte, que representan una parte, pero será un primer paso”, ha destacado esta experta de la Universidad de Castilla la Mancha. Sí ha insistido en la necesidad de una regulación para dar seguridad jurídica a estos trabajadores.
Ha discrepado con matices en este punto Anna Ginès i Fabrellas, profesora de Derecho del Trabajo y coordinadora del Instituto de Estudios Laborales de la Universitat Ramon Llull: “Me preocupa que, ante cualquier innovación tecnológica que añada un aspecto de flexibilidad laboral, tengamos que modificar la regulación. Me preocupa que a las plataformas les resulte insuficiente la postura del Tribunal Supremo y que se piense que la única forma de solucionar estos conflictos sea legislativamente. No podemos regular cada fenómeno distinto que se va produciendo”. A su juicio, “la tecnología está jugando un papel clave en la organización del trabajo”. Según ha indicado Ginès i Fabrellas, “el modelo de trabajo de las plataformas digitales se basa en cuatro elementos: la división del trabajo en microtareas; el ‘croud sourcing’ de externalización productiva; la contratación a demanda, que les permite en cuestión de segundos emparejar demandas de trabajo con personal dispuesto a realizarlo; y el elemento clave que es utilizar a personas consideradas autónomas, con relaciones laborales a veces de ridícula duración, por minutos”.
Esta profesora de la Universidad Ramon Llull se ha mostrado partidaria de cerrar este debate y dar seguridad jurídica y protección. “Pero tengo dudas al tratarse de una regulación parcial y basada en un hecho interpretable como la existencia de esa relación. Existe un problema grave del mercado de trabajo español del falso autónomo, que no es algo exclusivo de las plataformas digitales, y que lo encontramos en otros muchos sectores y empresas. La regulación laboral actual permite encajar el trabajo en plataformas digitales con algunos matices o precisiones sin necesidad de más regulaciones. No hace falta una regulación específica del trabajo en las plataformas digitales”, ha aclarado.
Para Ginès i Fabrellas, “la negociación colectiva va a asumir un rol importante para que este trabajo sea estable. Las plataformas están en fase de negación de esa relación laboral, a pesar de la sentencia del Tribunal Supremo y del acuerdo de Gobierno, empresarios y sindicatos. Habrá que buscar los mecanismos para que sea interesante la solución para trabajadores y para las propias plataformas”, ha concluido. •••